11. Sistema de seguimiento y control

Desde las responsabilidades de la intervención provincial, para el seguimiento y control de los proyectos incluidos, se ha observado la normativa reguladora de sus funciones de fiscalización y contabilidad que resulta de aplicación, a cuyo fin se ha contado con los medios técnicos y personales suficientes considerados idóneos para obtener la pista de auditoría suficiente. Todo ello de acuerdo con los requisitos comunitarios establecidos en el Reglamento (CE) nº 438/2001 de la Comisión, de 2 de marzo de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1260/1999 del Consejo en relación con los sistemas de gestión y control de las ayudas otorgadas con cargo a los Fondos Estructurales.

Dicha pista de auditoria posibilita, junto con las demás actuaciones, la realización de las verificaciones establecidas con carácter general por entidad/es auditora/s externa/s a esta Diputación.

Los medios de que se ha dispuesto son:

  • Sistema de Contabilidad, implantado en la Diputación de Granada
  • Bases de datos de obras
  • Bases de datos de contratación

Para el seguimiento de la ejecución de los gastos e ingresos derivados del proyecto, en aplicación de la normativa vigente y en tanto que significan actuaciones de ejecución del presupuesto anual, se ha contado con los medios personales de la Sección de Control y Fiscalización. Para ello se ha aplicado tanto la normativa general como los procedimientos que se deducen del Reglamento de Control Interno.

Además, se ha contratado una auditoria externa para la realización de las verificaciones exigidas en el artículo 13 del Reglamento 1080/2006.